representante de comercio

Representante de comercio

El representante de comercio es un profesional que participa en operaciones mercantiles sin asumir su riesgo. Se trata de una relación laboral de carácter especial, que vamos a analizar a lo largo de este artículo.

Qué es un representante de comercio

Los representantes de comercio son una parte fundamental del departamento de ventas de muchas empresas. Se caracterizan por realizar labores comerciales en nombre de la empresa, principalmente la captación de clientes, distribuidores y otros colaboradores.

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    Características de los representantes de comercio

    El representante de comercio es un profesional que:

    • Se compromete con uno o más empresarios a promover y concertar operaciones mercantiles.
    • Recibe una retribución a cambio de sus operaciones.
    • Pero no asume el riesgo y ventura de las mismas.

    Es importante destacar que se trata de personas físicas, y que resulta irrelevante que:

    • Desarrollen o no actividades de distribución o reparto.
    • Operen bajo el título de representante, mediador o cualquier otro.

    Por tanto, estos profesionales son trabajadores por cuenta ajena. Sin embargo, la naturaleza de los servicios que prestan introduce algunos elementos que deben regularse en la relación laboral, como son:

    • La clientela aportada.
    • El muestrario recibido.
    • Las retribuciones en forma de comisiones.

    La relación laboral especial de los representantes de comercio

    Las relaciones laborales de carácter especial se regulan en el art. 2 del Estatuto de los Trabajadores. En particular, la de los representantes de comercio está contemplada en su letra f, desarrollándose en el RD 1438/1985.

    Este Real Decreto regula la mayoría de las particularidades de las que vamos a hablar en este artículo, aunque resulta imprescindible recordar que, en la medida en que la relación es de carácter laboral, el contrato de trabajo podrá variar estas condiciones.

    El contrato de trabajo del representante de comercio

    Como decimos, estos profesionales formalizan su relación profesional por medio de un contrato de trabajo. Este debe firmarse por triplicado, ya que se entregará:

    • Una copia al representante.
    • La segunda quedará en poder de la empresa.
    • Y la tercera se entregará en la Oficina de Empleo Público.

    El contenido mínimo de sus contratos incluye:

    • Identificación de las partes.
    • Tipo de operaciones mercantiles a promover o concertar. En este sentido hay que expresar los productos y servicios relacionados con estas operaciones. También habrá que indicar la demarcación territorial o categoría de clientes a los que se prestará servicios.
    • Facultades atribuidas al trabajador. Por ejemplo, si se le concede la potestad de cerrar contratos en nombre del empresario se deberá hacer constar en esta cláusula.
    • Régimen de exclusividad. No es necesario y puede limitarse a determinados productos, servicios o territorios. En cualquier caso, de establecerse un compromiso de exclusividad deberá constar en el contrato. También deberá indicarse si el empresario concede derechos de exclusiva a su empleado.
    • Duración del contrato. Funciona del mismo modo que en otras relaciones laborales. Sin embargo, cuando sean temporales no podrán ser superiores a tres años ni sus prórrogas inferiores a 6 meses. En tal caso el contrato se convertiría en indefinido.
    • Tipo de retribución acordada. Cabe recordar que el representante de comercio puede cobrar íntegra o parcialmente a comisión.
    • Además, habrá que incluir un anexo con un inventario del muestrario y otros productos e instrumentos entregados al trabajador, valorando los mismos.

    Obligaciones del empresario en el contrato

    Las obligaciones del empresario en un contrato de este tipo no se limitan al pago del salario y el respeto de las condiciones laborales pactadas.

    En la medida en que el representante se constituye como un verdadero intermediario, el empresario deberá informarle de la aceptación o denegación de sus operaciones. También tendrá que informarle de los cambios en su operativa que puedan afectar a la relación con los clientes.

    Por supuesto, deberá tener a su disposición el muestrario y los instrumentos que pueda necesitar para desarrollar su trabajo. Además, deberá respetar las condiciones acordadas con los clientes y mantener un trato cordial con los mismos.

    Obligaciones del representante de comercio en el contrato

    El representante de comercio deberá desarrollar su trabajo como lo haría cualquier otro empleado. Es decir, debe someterse a las cláusulas pactadas y al principio de buena fe.

    Esto implica que tendrá que comunicarle si presta sus servicios a otras empresas, debiendo pedir autorización si en el contrato hay una cláusula de exclusividad. También deberá informarle de aquellas circunstancias que afecten a la clientela o a la empresa.

    Por supuesto, el representante está obligado a defender los intereses de su empleador, evitando perjudicarlos o incurrir en prácticas de competencia desleal.

    Cómo funciona la adquisición de clientela

    Ya hemos anticipado que una de las tareas frecuentes de un representante de comercio es generar clientela. Como este es el resultado de su trabajo, el ordenamiento jurídico establece ciertas reglas de protección.

    1. En primer lugar, el representante puede exigir que la empresa haga constar su volumen de clientes en el anexo del contrato. De este modo podrá hacer un seguimiento de la clientela aportada.
    2. Anualmente se actualizará este listado, de modo que queden incluidos los clientes con los que el representante haya cerrado operaciones durante los últimos dos años.
    3. En el caso de que la cartera del representante sea atribuida a otro trabajador, el representante tendrá derecho a:
      1. Recibir una indemnización. Esta se establece de mutuo acuerdo entre el representante y el empresario, pero a falta de acuerdo habrá que acudir a los tribunales.
      2. Extinguir su contrato de trabajo recibiendo una indemnización de 20 días de salario por año de servicio. Además, deberá recibir la indemnización por clientela.

    La indemnización por clientela es una garantía establecida a favor del representante de comercio. Cuando se produzca una extinción del contrato, este tendrá derecho a una indemnización simpre que:

    • La extinción no se deba a un incumplimiento por su parte.
    • Y haya firmado una cláusula de no competencia postcontractual.

    En este caso se tendrán en cuenta tanto la aportación de clientela como el incremento en el volumen de operaciones que haya aportado el representante.

    Cómo funciona el muestrario

    Generalmente, las labores comerciales requieren del uso de un muestrario u otros instrumentos de trabajo. Como ya hemos indicado, el propio contrato del representante de comercio incluirá un anexo con un inventario de estos elementos.

    Constituye una obligación de la empresa entregar este muestrario con la antelación suficiente como para que su empleado pueda desarrollar sus funciones con normalidad. En caso contrario, este podría exigir una indemnización.

    Del mismo modo, el trabajador será responsable de la conservación del muestrario. Así, cuando sus instrumentos de trabajo se pierdan o deterioren por culpa o negligencia del representante de comercio, este tendrá que encargarse de su reposición.

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